- ACTUALIDAD
El Ministerio de Hacienda y Crédito Público publica el proyecto de plazos para que contribuyentes y agentes retenedores declaren y paguen sus obligaciones tributarias en el año 2018.
Para un mejor entendimiento, el calendario tributario se resume de la siguiente forma:
Renta de Grandes Contribuyentes:
Febrero: Primer cuota.
Abril – Mayo: Declaración y pago de la segunda cuota.
Junio: Pago de la tercera cuota.
Renta de Personas Jurídicas:
Abril -Mayo: Declaración y pago de la primera cuota.
Junio: Pago de la segunda cuota.
Renta de Personas Naturales:
Agosto – Octubre: Declaración y pago.
Impuesto a la Riqueza
Mayo: Declaración y pago de la primera cuota.
Septiembre: Pago de la segunda cuota.
Activos en el Exterior:
Abril: Grandes Contribuyentes.
Mayo: Personas Jurídicas.
Agosto – Octubre: Personas Naturales.
Precios de Transferencia:
Septiembre: Declaración Informativa y Comprobatoria.
Teniendo en cuenta que se deben fijar para el año 2018 los plazos para que los contribuyentes, responsables y agentes de retención puedan cumplir con las obligaciones de declarar y pagar sus obligaciones tributarias, se requiere sustituir, adicionar y derogar algunos artículos.
Comentarios hasta el 4 de noviembre de 2017 a través del formulario electrónico dispuesto en la página del Ministerio de Hacienda.
Vencimientos 2018. Ver Documento. Dar Clic!
Información Exógena año gravable 2018
La DIAN divulga proyecto de resolución “Por la cual se establece el grupo de obligados a suministrar información tributaria a la U.A.E. Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales DIAN, por el año gravable 2018, se señala el contenido, características técnicas para la presentación y se fijan los plazos para la entrega”.
Por su parte la Secretaría Distrital de Hacienda según la Resolución (No. 040106, del 14 de septiembre de 2017), determinó que entre el 20 de marzo y el 4 de abril del año entrante vencen los plazos para quienes deban cumplir con este compromiso, que deberán reportar su información en las siguientes fechas, de acuerdo con el último número del dígito de identificación tributaria:
En conclusión, entre marzo y abril se deberá reportar la información de medios magnéticos.
Por medio de la sentencia 26924 de 2023, el Consejo de Estado determina que la administración está obligada a demostrar que el error en la información […]
Leer másPor medio de resolución el Ministro de Salud y Protección Social adopta un Formulario Único de Afiliación y Reporte de Novedades de los trabajadores dependientes, independientes […]
Leer más“Las entidades controladoras en Colombia tienen la obligación de presentar “estados financieros consolidados” y “estados financieros separados”, mientras que las subsidiarias presentan estados financieros individuales. No […]
Leer más