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La reciente reforma laboral introduce una serie de obligaciones que transformarán la gestión del talento humano en las organizaciones. Uno de los cambios más relevantes es la exigencia de implementar ajustes razonables que garanticen la inclusión plena de las personas con discapacidad, eliminando barreras físicas, comunicativas y actitudinales que afecten su acceso, permanencia o desarrollo en el empleo.
Adicionalmente, los empleadores deberán implementar, en un plazo de doce meses, las acciones orientadas por la Unidad del Servicio Público de Empleo para facilitar el acceso laboral de poblaciones tradicionalmente excluidas. Entre ellas se destacan mujeres, jóvenes, migrantes, y víctimas del conflicto armado Esta obligación implica revisar prácticas de reclutamiento, permanencia y ascenso dentro de las empresas, asegurando procesos equitativos y libres de discriminación.
La protección a las víctimas de violencias basadas en sexo también se fortalece. Las empresas deberán atender con debida diligencia las órdenes emitidas por autoridades competentes y, cuando sea posible, otorgar reubicación preferente a mujeres trabajadoras víctimas de violencia de pareja, violencia intrafamiliar o tentativa de feminicidio, sin afectar sus condiciones laborales. Esta medida busca garantizar su seguridad e integridad dentro del entorno laboral, ampliando la corresponsabilidad de los empleadores en la protección de estas personas.
Congreso de Colombia. Ley 2466 de 2025.
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