- ACTUALIDAD


La autorretención especial de renta aplica sobre cada pago o abono en cuenta realizado al contribuyente obligado sin importar de quien provenga el pago; su objetivo es hacer efectivo el recaudo del incremento de la tarifa del impuesto sobre la renta y complementario con ocasión de la derogatoria del impuesto sobre la renta para la equidad CREE.
Autorretención especial de renta
|
Comprador
Vendedor |
Persona natural | Persona Jurídica |
| Persona natural | Retención del 1% Practicada por el notario |
Retención del 1% Practicada por el notario |
| Persona jurídica | No hay retención en la fuente aplicable. | Retención del 2.5% Practicada por el comprador |
Retención en la venta de activos fijos
Teniendo en cuenta la naturaleza, finalidad probatoria y el carácter declarativo del registro ante Cámara de Comercio y, considerando que el numeral 6º del parágrafo 3 del artículo 240 del Estatuto Tributario no condicionó el cambio de composición accionario al registro mercantil, no resulta válido concluir que se entiende efectuado el cambio en la composición accionaria desde la inscripción del acta de asamblea en el registro mercantil sino desde el simple acuerdo entre las partes.
Frenazo a la Emergencia Económica: La Corte Constitucional suspende provisionalmente el Decreto 1390 de 2025 La Corte Constitucional ha publicado el texto íntegro del Auto 082 […]
Leer másEmergencia Económica 2026: El Gobierno expide 7 decretos clave para la reactivación En respuesta a la crisis climática generada por las intensas lluvias, el Ejecutivo ha […]
Leer másGobierno ratifica el incremento del 23% mediante nuevo Decreto Transitorio En respuesta a la orden del Consejo de Estado, el Gobierno Nacional expidió el Decreto 159 […]
Leer más