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Gracias a nuestros clientes hemos dado inicio al tercer año la firma, con optimismo y un equipo fortalecido. El área de impuestos está compuesta ahora por cuatro (4) integrantes, con las mejores calidades técnicas y humanas.
Damos la bienvenida a Daniel Rosales, abogado javeriano, lo cual estamos seguros enriquecerá la firma al contar ahora con un enfoque plural que nos permitirá seguir creciendo con calidad y comprometidos con nuestros pilares, que se fundamentan principalmente en la atención al cliente y el bienestar de nuestro equipo.
La DIAN modificó las fechas máximas para expedir facturas electrónicas de venta establecidas en los calendarios de implementación en los numerales 1 y 2 del artículo 3 de la Resolución 020 del 26 de marzo de 2019, esto es: obligados de acuerdo con la actividad económica del CIIU, quienes pertenezcan al régimen SIMPLE, los habilitados para expedirla y las entidades del Estado del orden nacional, entre otros.
A partir de lo expuesto recientemente por el Consejo de Estado que indicó que las “comisiones” deben entenderse como una remuneración y no como un contrato porque la norma sujeta a retención a todos los pagos por comisiones sin aludir al derivado de un contrato en específico, indica la DIAN que, aunque el Estatuto Tributario contiene disposiciones que limitan las condiciones para declarar los ingresos, es responsabilidad del contribuyente hacer el juicio de valor estricto sobre los hechos económicos para determinar sus obligaciones sustanciales y formales entre las cuales está el período en que debe declarar los ingresos por comisiones atendiendo el contrato, la prestación del servicio, los pagos recibidos por este, así como su expresión de acuerdo con las normas contables y tributarias; solo así se podrá considerar si cabe la posibilidad de diferir fiscalmente el ingreso por comisión recibido por su operación.
Gobierno ratifica el incremento del 23% mediante nuevo Decreto Transitorio En respuesta a la orden del Consejo de Estado, el Gobierno Nacional expidió el Decreto 159 […]
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