- ACTUALIDAD


Las contribuciones, son los recursos necesarios para cubrir gastos de funcionamiento e inversión requeridos por la Superintendencia de Sociedades. Siendo así, la Superintendencia consideró establecer una tarifa que estará a cargo de la Sociedades sometidas a su vigilancia o control. El cálculo de la tarifa se basará en el monto de los activos sociales registrados al 31 de diciembre del año inmediatamente anterior. También se considerarán los activos que figuren en el último balance general con corte a 31 de diciembre.
La tarifa de la contribución a cobrar no podrá ser superior al uno por mil (1 x 1.000) del total de activos de las sociedades vigiladas y controladas, sin perjuicio de que sea diferente. Además, la contribución de cada sociedad no excederá el 1% de las contribuciones totales ni será inferior a un salario mínimo legal mensual vigente.
Es por lo anterior que la Superintendencia de Sociedades, en armonía con la política de austeridad del gasto público, consideró la siguiente tarifa: diez centavos por cada mil pesos de los activos totales para las sociedades en estado de vigilancia y control. A su vez, estableció una tarifa para las sociedades en Reorganización Empresarial, en Acuerdo de Reestructuración, Sociedades en Concordato y en Estado de Liquidación Judicial y Voluntaria; dicha tarifa es de 27.35 UVT, que corresponden a un millón ciento sesenta mil pesos.
Gobierno ratifica el incremento del 23% mediante nuevo Decreto Transitorio En respuesta a la orden del Consejo de Estado, el Gobierno Nacional expidió el Decreto 159 […]
Leer másIncertidumbre en el Salario Mínimo 2026: Consejo de Estado suspende el incremento del 23% El Consejo de Estado suspendió provisionalmente el incremento del 23% (COP $1.750.905) […]
Leer másLa Junta Directiva del Banco de la República decidió por mayoría incrementar la tasa de interés de política monetaria en 100 puntos básicos, dejándola en 10,25%, […]
Leer más