- ACTUALIDAD
El término de 30 días para resolver las peticiones radicadas durante la vigencia de la Emergencia Sanitaria, no operará de ahora en adelante, así como tampoco el de las peticiones con términos especiales. Los términos consagrados en el artículo 14 de la ley 1437 de 2011 se reactivan:
Ley 2207 de 2022
Fue introducida la nueva Tabla de Clasificación de Actividades Económicas para el Sistema General de Riesgos Laborales que le aplicará a los afiliados, las Administradoras de Riesgos Laborales – ARL y a los operadores de la Planilla Integrada de Liquidación de Aportes – PILA. Adjunto se encuentra el Decreto y su Anexo.
MinTrabajo. Decreto 768 de 2022
Los contribuyentes pertenecientes al régimen común del impuesto de industria y comercio–ICA, que para el año gravable 2021, exceda de 391 UVT ($14.196.428); y los agentes retenedores de dicho tributo, podrán declarar y pagar los bimestres 1 a 4 del impuesto, en las fechas establecidas en la resolución adjunta.
Resolución No. SDH-000178 de 2022
Para el Consejo de Estado, la regulación de precios de transferencia tiene como propósito que los contribuyentes del impuesto sobre la renta que celebran operaciones con […]
Leer másLa Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) dio a conocer que para este año desaparecerá la factura tradicional en papel, pues esta será reemplazada por […]
Leer másLa “Presencia Económica Significativa” es un régimen de tributación propio de las personas no residentes, o no domiciliadas en Colombia. Aplican a ingresos que provengan de […]
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