- ACTUALIDAD
De acuerdo con la Ley 2209 de 2022, las acciones derivadas del acoso laboral caducarán en 3 años, contados a partir de la fecha en que ocurrieron las conductas constitutivas de acoso.
A través del Concepto 43 de 2022, la DIAN estableció que: “en principio, no genera repercusiones en materia tributaria para el contribuyente emisor de la factura electrónica, teniendo en cuenta que en la misma Resolución DIAN No. 000042 esta entidad autoriza el uso del código «222222222222» bajo las circunstancias establecidas expresamente en dicha normativa.”
Por medio del Concepto 342 de 2002, la DIAN aclaró varias dudas respecto del reporte de beneficiario final. Entre las preguntas que se responden se encuentran: ¿una misma persona jurídica puede tener varios beneficiarios finales? ¿ Puede ser beneficiario final de una persona jurídica, una persona natural vinculada a través de contrato de trabajo?
Por medio de la sentencia 26924 de 2023, el Consejo de Estado determina que la administración está obligada a demostrar que el error en la información […]
Leer másPor medio de resolución el Ministro de Salud y Protección Social adopta un Formulario Único de Afiliación y Reporte de Novedades de los trabajadores dependientes, independientes […]
Leer más“Las entidades controladoras en Colombia tienen la obligación de presentar “estados financieros consolidados” y “estados financieros separados”, mientras que las subsidiarias presentan estados financieros individuales. No […]
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