- ACTUALIDAD
En todos los actos que impliquen un cambio en la titularidad de la inversión extranjera existirá la obligación de presentar la declaración de renta, aún si no existe impuesto a cargo.
DIAN, Concepto 980, agosto 3/2022
La devolución de los mayores valores retenidos a título de ICA procede cuando las declaraciones del agente retenedor y del retenido se encuentren en firme siempre que el afectado no halla abonado el monto del impuesto retenido en la declaración del período en el cual se causó la retención.
La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales – DIAN unificó su doctrina sobre la naturaleza jurídica, el tipo de obligación, los sujetos obligados y otros conceptos, de la facturación electrónica, el documento soporte, y la inscripción y funcionamiento al RADIAN.
DIAN concepto unificado No. 0106 Agosto 19/2022
Aunque en el ordenamiento tributario está prevista la posibilidad de corregir la declaración inicial o la última corrección presentada, se reitera que:
C.E., Sección Cuarta, Exp. 24910, agosto 11/2022
Si al realizar operaciones gravadas con ICA, el ingreso sucede en periodo fiscal diferente al contable, la declaración tributaria del impuesto deberá obedecer la ocurrencia del ingreso en el periodo que suceda y no en el periodo que contablemente están.
El responsable del Impuesto al Valor Agregado (IVA), no tiene derecho a descontarlo si no es contribuyente del impuesto sobre la renta. La clave de este […]
Leer másEl Proyecto de Ley 507 de 2025, aún en trámite, emerge como una potencial solución para contribuyentes colombianos, buscando ofrecer alivios significativos y nuevas vías para […]
Leer másEn el Oficio 00520 de 2025, la DIAN aclara que, para efectos del cálculo de la Tasa de Tributación Depurada (TTD) establecida en el parágrafo 6° […]
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