- ACTUALIDAD


En todos los actos que impliquen un cambio en la titularidad de la inversión extranjera existirá la obligación de presentar la declaración de renta, aún si no existe impuesto a cargo.
DIAN, Concepto 980, agosto 3/2022
La devolución de los mayores valores retenidos a título de ICA procede cuando las declaraciones del agente retenedor y del retenido se encuentren en firme siempre que el afectado no halla abonado el monto del impuesto retenido en la declaración del período en el cual se causó la retención.
La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales – DIAN unificó su doctrina sobre la naturaleza jurídica, el tipo de obligación, los sujetos obligados y otros conceptos, de la facturación electrónica, el documento soporte, y la inscripción y funcionamiento al RADIAN.
DIAN concepto unificado No. 0106 Agosto 19/2022
Aunque en el ordenamiento tributario está prevista la posibilidad de corregir la declaración inicial o la última corrección presentada, se reitera que:
C.E., Sección Cuarta, Exp. 24910, agosto 11/2022
Si al realizar operaciones gravadas con ICA, el ingreso sucede en periodo fiscal diferente al contable, la declaración tributaria del impuesto deberá obedecer la ocurrencia del ingreso en el periodo que suceda y no en el periodo que contablemente están.
La Junta Directiva del Banco de la República decidió por mayoría incrementar la tasa de interés de política monetaria en 100 puntos básicos, dejándola en 10,25%, […]
Leer másLa Corte Constitucional suspendió provisionalmente el Decreto 1390 de 2025 que declaró la Emergencia Económica y Social, según Comunicado No. 01 del 29 de enero de […]
Leer másEl artículo 24 de la Ley 1258 de 2008 permite que los acuerdos de accionistas regulen temas como la compra y venta de acciones, las preferencias […]
Leer más