- ACTUALIDAD
El Decreto 1625 de 2016, en su artículo 1.6.1.4.9 (modificado por el Decreto 358 de 2020), define claramente las responsabilidades en materia de facturación dentro de los contratos de mandato, tales son:
El mandatario tiene la obligación de conservar la factura emitida por el tercero proveedor para poder certificar al mandante el costo y/o valor descontable de los mismos. Esta certificación es fundamental para que el mandante pueda respaldar los costos, deducciones, impuestos descontables o devoluciones a los que tiene derecho.
En un fallo de gran relevancia, el Consejo de Estado estableció que el crédito mercantil adquirido por la actora era amortizable fiscalmente. Bajo el cumplimiento de […]
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