- ACTUALIDAD


La autorretención especial de renta aplica sobre cada pago o abono en cuenta realizado al contribuyente obligado sin importar de quien provenga el pago; su objetivo es hacer efectivo el recaudo del incremento de la tarifa del impuesto sobre la renta y complementario con ocasión de la derogatoria del impuesto sobre la renta para la equidad CREE.
Autorretención especial de renta
|
Comprador
Vendedor |
Persona natural | Persona Jurídica |
| Persona natural | Retención del 1% Practicada por el notario |
Retención del 1% Practicada por el notario |
| Persona jurídica | No hay retención en la fuente aplicable. | Retención del 2.5% Practicada por el comprador |
Retención en la venta de activos fijos
Teniendo en cuenta la naturaleza, finalidad probatoria y el carácter declarativo del registro ante Cámara de Comercio y, considerando que el numeral 6º del parágrafo 3 del artículo 240 del Estatuto Tributario no condicionó el cambio de composición accionario al registro mercantil, no resulta válido concluir que se entiende efectuado el cambio en la composición accionaria desde la inscripción del acta de asamblea en el registro mercantil sino desde el simple acuerdo entre las partes.
¿Exporta bienes con empaques plásticos? Lo que debe saber sobre el impuesto al plástico y los Sistemas Especiales Recientemente, la DIAN emitió el Concepto 00343 de […]
Leer másCambios en Retención y Autorretención en la Fuente: Suspensión del Decreto 572 El panorama tributario colombiano ha dado un giro significativo tras la reciente intervención del […]
Leer másFacultades de las Cámaras de Comercio: Límites al Registro Mercantil La Superintendencia de Sociedades, mediante el Oficio 220-252202 del 19 de marzo de 2026, ha precisado […]
Leer más