- ACTUALIDAD


Los contribuyentes de la ciudad de Bogotá, que para el año fiscal 2022 se hayan acogido al pago del impuesto predial por cuotas, como mecanismo de cumplimiento alternativo por las afectaciones provocadas por el Covid-19, tendrán hasta el 21 de abril para realizar el pago de la segunda cuota.
La DIAN, establece el efecto que tuvo la ley 2277 de 2022, conocida como la Reforma Tributaria 2022, con ocasión del Impuesto sobre la Renta de la Personas Naturales. Mediante el Concepto General adjunto, la DIAN expone la nueva regulación sobre los ingresos en especie, la deducción por dependientes, las rentas de trabajo exentas, la retención en la fuente, la tarifa especial para dividendos o participaciones y el tratamiento de las ganancias ocasionales. Tenga en cuenta dichas modificaciones para el año gravable 2023.
DIAN. Concepto General 100208192 de 2023
Las personas prestadoras de servicios públicos domiciliarios que se encuentran obligados a reportar anualmente información financiera, de acuerdo con lo establecido en las Leyes 142 y 143 de 1994 con corte al 31 de diciembre de 2022, deberán hacerlo en los siguientes plazos:

Alivios tributarios por el sismo. Una oportunidad para recuperar liquidez y regularizar obligaciones ¿Su empresa fue afectada por el sismo y tiene obligaciones pendientes con la […]
Leer másCrédito fiscal por I+D+i. Ahora también se puede amortizar la inversión La DIAN reconsideró su interpretación sobre las inversiones en investigación, desarrollo tecnológico e innovación —I+D+i— que […]
Leer másPara garantizar el cumplimiento total de sus obligaciones societarias y mercantiles, verifique estos tres frentes antes del 31 de marzo: Asamblea ordinaria anual: Convocar y realizar […]
Leer más