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A través del Decreto 1651 de 2021, el artículo 69 de la Ley 788 de 2002 fue reglamentado. De esa forma, el Ministerio de Hacienda estableció las condiciones en que las donaciones de entidades, o gobiernos extranjeros a entidades deben se realizadas.
A través del Decreto 1653 de 2021, MinHacienda reglamentó el artículo 46 de la Ley 2155 de 2021, estableciendo las condiciones en que las amnistías, conciliaciones y las terminaciones por mutuo acuerdo, operarán. A través de las terminaciones por mutuo acuerdo o conciliaciones, los contribuyentes podrán reducir sanciones e intereses por obligaciones tributarias a un 20%.
SuperSociedades indicó que, salvo que los estatutos societarios dispongan lo contrario, el representante legal suplente no tiene la facultad de actuar si el representante legal principal no se encuentra ausente. En efecto, la Superintendencia indicio que: “puede hablarse de un suplente, con vocación y disponibilidad permanente para reemplazarlo y desde luego para actuar en nombre de la compañía, facultad que solo nace en el momento en que el titular falte; en consecuencia, si no se cumple tal condición, el suplente actuaría sin capacidad para ello, lo que implica que se obligaría directamente por los contratos celebrados”.
Determinó el Consejo de Estado que, cuando mediante liquidación oficial de revisión, se modifique o rechace un saldo a favor, que fue imputado al siguiente periodo […]
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