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Debido a la migración al nuevo Sistema de Información Cambiaria, el Banco de la República ha extendido los plazos para transmitir la información de las cuentas de Compensación. Los titulares de las cuentas de compensación tendrán hasta el 29 de diciembre para transmitir la información de las operaciones realizadas durante octubre del 2023. Con respecto, a la información de los movimientos de las operaciones efectuadas durante noviembre de 2023, se podrá reportar hasta el 31 de enero de 2024.
Banco de la República. Boletín 45.
Debe practicar retención en la fuente quien realice un pago o abono en cuenta del consocio o unión temporal que facture, con distinción de la calidad de sus miembros. El consorcio o la UT debe identifica en la factura, a sus miembros señalando el porcentaje o valor del ingreso que le corresponde a cada quien; esta exigencia, involucra distinguir las calidades de los miembros y en función de ello, practicar las retenciones a que tenga lugar.
Expiden reglamentación sobre la regla de tributación por presencia económica significativa en Colombia para dar cumplimiento al parágrafo 6 del artículo 20-3 del Estatuto Tributario. En virtud de lo anterior, desarrollan las obligaciones de los contribuyentes del impuesto sobre la renta y complementarios con presencia económica significativa en Colombia, así como definir el contenido mínimo del formulario para su cumplimiento. A su vez, buscan habilitar un mecanismo de recaudo internacional, para que los sujetos con presencial económica significativa en Colombia, entre demás reglamentación necesaria.
Gobierno ratifica el incremento del 23% mediante nuevo Decreto Transitorio En respuesta a la orden del Consejo de Estado, el Gobierno Nacional expidió el Decreto 159 […]
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