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El Ministerio de Comercio, Industria y Turismo divulga proyecto de Decreto en el cual compila y actualiza los marcos técnicos de las NIIF para el grupo 1, NIIF para Pymes, Grupo 2.
El Decreto incluiría para: i) Grupo 1: las enmiendas emitidas por el IASB respecto a participaciones de largo plazo en asociadas y negocios conjuntos, características de cancelación anticipada con compensación negativa, documento de práctica de las NIIF, entre otros; ii) las Pymes, Grupo 2: incorpora correcciones de redacción.
De acuerdo con la Resolución No. 011004 de 2018 expedida por la DIAN, estarán obligados a reportar información exógena, entre otros: i) personas naturales que en el 2017 hayan obtenido ingresos brutos mayores a $500.000.000 y en el 2019 ingresos de rentas de capital y/o no laborales mayores a $100.000.000; ii) personas naturales y jurídicas obligadas a practicar retenciones y autorretenciones y a título de renta, IVA y timbre en el 2019; iii) personas naturales y entidades que celebren contratos de colaboración empresarial; iv) grupos económicos y empresariales; y v) quienes expidan facturas de venta o documentos equivalentes.
Encuentre la información que deberá reportar, condiciones técnicas y plazos consultando el contenido de la resolución:
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