- ACTUALIDAD
Se reglamentó el pago y retención de aportes al Sistema de Seguridad Integral y Parafiscales de los trabajadores independientes, así como la retención de aportes de aquellos que celebren un contrato de prestación de servicios personales.
Al respecto el decreto 1273 señala:
Decreto 1273 del 23 de julio de 2018 / Ver Documento/ Dar Clic!
En el documento se aclara cuando se realizan la cesantías y cuando un no residente está obligado a presentar la declaración del impuesto sobre la renta.
Al respecto se aclara que el numeral 1 del artículo 592 del E. T., dispone que una persona natural (sea residente o no) no tendrá que declarar cuando sus ingresos sean inferiores a 1.400 UVT y el patrimonio bruto no exceda de 4.500 UVT. De lo anterior, es claro que la norma exige que se cumplan ambas condiciones, es decir, los topes para ingresos como para patrimonio, a efectos de determinar si la persona natural está o no obligada a declarar.
Lo anterior sin perjuicio de lo establecido en el numeral 20 del artículo 592 del E.T.
Por medio de la sentencia 26924 de 2023, el Consejo de Estado determina que la administración está obligada a demostrar que el error en la información […]
Leer másPor medio de resolución el Ministro de Salud y Protección Social adopta un Formulario Único de Afiliación y Reporte de Novedades de los trabajadores dependientes, independientes […]
Leer más“Las entidades controladoras en Colombia tienen la obligación de presentar “estados financieros consolidados” y “estados financieros separados”, mientras que las subsidiarias presentan estados financieros individuales. No […]
Leer más