- ACTUALIDAD
Respecto a la presentación de escritos y recursos de que trata el artículo 559 del Estatuto Tributario, ésta se puede realizar en forma personal o electrónica, y debe interpretarse en armonía con el artículo 724 del mismo estatuto.
Sin embargo, debe tenerse en cuenta que, dado que la presentación electrónica de los escritos y recursos aún no se ha regulado en los términos previstos en el numeral 2 del artículo 559 del Estatuto Tributario, solamente procede la presentación personal.
DIAN Concepto Rad. 905340 de 2020
El proyecto de Resolución establece los requisitos, los eventos en los que no se otorgará la calificación como Gran Contribuyente, la vigencia de la calificación, el procedimiento que debe cumplirse para obtenerla, así como las causales de retiro, entre otros aspectos.
DIAN Concepto Rad. 905340 de 2020
La Secretaría de Hacienda de Bogotá tramitará las solicitudes de los contribuyentes para acogerse a los beneficios establecidos en el Decreto Legislativo 678 de 2020 que hayan sido radicados a 20 de octubre.
Los artículos que conferían los beneficios tributarios fueron declarados inexequibles por la Corte Constitucional en comunicado de prensa No. 43 de octubre 15 y 16.
Cumplido el término de duración pactado por lo accionistas en el acuerdo (máximo 10 años prorrogables) , y si el mismo no fue prorrogado con anterioridad a su vencimiento, éste termina.
Hecho que significa que, en adelante, la sociedad se regirá en su funcionamiento únicamente por los estatutos sociales y la ley.
Una sociedad extranjera con sede efectiva de administración (SEA) en Colombia debe aplicar la tarifa general del impuesto sobre la renta sobre sus rentas de fuente […]
Leer másEl impuesto de registro se causa por la inscripción de cualquier acto/contrato que deba registrarse en oficinas públicas o cámaras de comercio, teniendo como base gravable […]
Leer másLa dotación es un beneficio laboral que otorga a ciertos trabajadores un par de zapatos y un conjunto de labor cada cuatro meses. Para acceder a […]
Leer más