- ACTUALIDAD


La asistencia técnica es una forma de importación de tecnología que implica la transferencia de conocimientos necesarios para transformar insumos, utilizar productos o prestar servicios, según el derecho colombiano y la normativa andina.
El artículo 1.2.1.2.1 del DUR 1625 de 2016 la define como la asesoría mediante un contrato de servicios intangibles, que incluye también el entrenamiento para aplicar dichos conocimientos. Sin embargo, no toda consultoría, asesoría o asistencia implica asistencia técnica, especialmente cuando carece de un componente tecnológico real.
Así, servicios en áreas como gestión, mercadeo o derecho, aunque usen tecnología, no se consideran importación de tecnología. La jurisprudencia ha aclarado que el uso de medios tecnológicos no convierte por sí solo un contrato en uno de asistencia técnica. Por tanto, la calificación del contrato depende del contenido tecnológico esencial, no de la simple utilización de herramientas tecnológicas.
Corte Constitucional declara inexequible el Estado de Emergencia Económica y Social La Sala Plena de la Corte Constitucional, en ejercicio del examen automático de constitucionalidad, declaró […]
Leer másDIAN: Depósitos judiciales usados como garantía no están sujetos a retención en la fuente La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) emitió recientemente una precisión […]
Leer másFrenazo a la Emergencia Económica: La Corte Constitucional suspende provisionalmente el Decreto 1390 de 2025 La Corte Constitucional ha publicado el texto íntegro del Auto 082 […]
Leer más