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La Corte Constitucional declaró exequible la Ley 2300 de 2023. La cual pone freno al acoso telefónico y otras prácticas abusivas por parte de empresas de cobranza y publicidad.
La Ley define los canales, el horario y la periodicidad en la que estos pueden ser contactados. Esto aplica a las entidades vigiladas por la Superintendencia Financiera y todas las personas naturales y jurídicas que adelanten gestiones de cobranza de forma directa, por medio de terceros o por cesión de la obligación.
Asimismo, estableció que la protección al consumidor abarca dos dimensiones principales: 1) en primer lugar, las actividades o gestiones de cobranza desarrolladas por todas las personas naturales o jurídicas, incluyendo a las entidades vigiladas por la Superintendencia Financiera; y 2) en segundo lugar, en las actuaciones desplegadas por los productores y proveedores privados o públicos a efectos de carácter comercial o publicitario.
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