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El Decreto 1625 de 2016, en su artículo 1.6.1.4.9 (modificado por el Decreto 358 de 2020), define claramente las responsabilidades en materia de facturación dentro de los contratos de mandato, tales son:
El mandatario tiene la obligación de conservar la factura emitida por el tercero proveedor para poder certificar al mandante el costo y/o valor descontable de los mismos. Esta certificación es fundamental para que el mandante pueda respaldar los costos, deducciones, impuestos descontables o devoluciones a los que tiene derecho.
La Junta Directiva del Banco de la República decidió por mayoría incrementar la tasa de interés de política monetaria en 100 puntos básicos, dejándola en 10,25%, […]
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