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La DIAN publicó los lineamientos para la aplicación del Impuesto al Plástico de un Solo Uso (IPUSUI), una medida ambiental y fiscal que deberán cumplir los importadores de productos plásticos, tanto para uso propio como para comercialización.
El tributo se causará en el momento de la importación o nacionalización de mercancías que contengan plásticos destinados a envasar, empacar o embalar bienes. También aplicará cuando los productos ingresen al país contenidos en envases o embalajes plásticos.
Según el artículo 51 de la Ley 2277 de 2022, el impuesto se calculará mediante la fórmula:
(Qegr+Qbgr+Qpgr)×0.00005UVT(Qegr + Qbgr + Qpgr) × 0.00005 UVT(Qegr+Qbgr+Qpgr)×0.00005UVT
donde los valores Qegr, Qbgr y Qpgr representan la cantidad de plástico (en gramos) presente en envases, embalajes y empaques gravados, respectivamente.
Esta metodología permitirá a los importadores determinar el monto del IPUSUI en función del peso total del plástico utilizado en los bienes importados, conforme a la Unidad de Valor Tributario (UVT) vigente.
DIAN. Proyecto Resolución 2025.
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