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El contrato de cuentas en participación es una de las herramientas jurídicas de mayor uso en las actividades de negocios, ya que cuenta con una estructura flexible que permite a los partícipes adecuar la figura a sus necesidades particulares.
De acuerdo con el artículo 507 del Código de Comercio, la participación es un contrato en virtud del cual dos o más personas que tienen la calidad de comerciantes, toman interés en una o varias operaciones mercantiles determinadas, que deberá ejecutar uno de ellos en su propio nombre y bajo su crédito personal, con cargo a rendir cuenta y dividir con sus partícipes las ganancias o pérdidas en la proporción convenida.
En este orden de ideas, de acuerdo con la normatividad comercial que rige este tipo contractual, es posible afirmar que los elementos esenciales del contrato de cuentas en participación son los siguientes:
Por lo tanto, para efectos tributarios, es recomendable la existencia de un contrato escrito en donde se establezca de manera clara las condiciones, derechos y deberes surgidos del contrato suscrito, con el fin de poder soportar las obligaciones fiscales derivadas del mismo.
Conforme al concepto emitido por la autoridad tributaria las modificaciones incluidas en la ley 1819 de 2016 se resumen así:
Determinó el Consejo de Estado que, cuando mediante liquidación oficial de revisión, se modifique o rechace un saldo a favor, que fue imputado al siguiente periodo […]
Leer másA partir del mes de abril de 2022, el límite de la base de cotización del sistema general de salud y de pensiones, para quienes perciban […]
Leer másPor medio del Boletín No. 60 del 13 de diciembre de 2021 del Banco de la República, se modificaron algunos aspectos de la Circular Reglamentaria Externa […]
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