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Los contribuyentes del ICA que tengan por obligación presentar la declaración y el pago del sexto bimestre, tendrán hasta el 3 de marzo para realizarlo y hasta el 10 de marzo tendrán plazo de presentar una única declaración por el año gravable 2022 los contribuyentes que en la vigencia fiscal 2021 tuvieron un impuesto a cargo de hasta 391 UVT ($14.196.428).
Los contribuyentes del impuesto sobre la renta – Grandes contribuyentes, impuesto al patrimonio, sujetos pasivos del impuesto sobre plásticos de un solo uso, las bebidas y productos ultraprocesados, y los contribuyentes obligados a declarar IVA, deberán acatar la presentación de sus declaraciones y pago de los tributos, de acuerdo con las modificaciones del decreto adjunto.
En sentencia, el Consejo de Estado establece que: “Se recuerda que el recurso extraordinario de revisión no es una instancia adicional para controvertir la legalidad de los actos demandados en el proceso ordinario sino para analizar, con base en las taxativas causales de procedencia del recurso, si debe romperse o no la cosa juzgada«.
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