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De acuerdo con lo expuesto por el Director de la DIAN, las proposiciones del Gobierno en la nueva reforma tributaria son:
La circular resuelve inquietudes como las siguientes, ¿qué involucra el concepto de “enajenación a cualquier título”? ¿quiénes son los agentes de retención en la fuente en los casos de remate de bienes en procesos de cobro coactivo o remates judiciales? ¿cuál es la base gravable en los casos de enajenaciones o cesiones donde no existe un precio de venta, tales como donaciones, remates, adjudicaciones, fusiones y escisiones? entre otros.
Circular 7 de noviembre de 2019
De acuerdo con el proyecto de Resolución, los siguientes territorios firmaron la Convención de Asistencia Mutua en Materia fiscal y depositaron el instrumento de ratificación: Antigua y Barbuda, Estado de Brunei Darussalam, Estado de Kuwait, Estado de Qatar, Estado Independiente de Samoa Occidental, Granada, Hong Kong, Islas Cook, Macao, Mancomunidad de las Bahamas, Reino de Bahrein, República de las Islas Marshall, República de Mauricio, República de Nauru, República de Seychelles, República de Vanuatu, República Libanesa, San Kiits & Nevis, San Vicente y las Granadinas y Santa Lucía.
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