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En una sentencia del Consejo de Estado, se impuso una sanción por inexactitud en relación con el artículo 647 del Estatuto Tributario. Esta sanción se aplicó al omitir ingresos en la declaración privada del impuesto de renta y por la inclusión de pasivos y costos de ventas sin pruebas válidas conforme a la ley tributaria. La Ley 1819 de 2016 modificó la sanción por inexactitud, estableciendo una penalización más favorable. En virtud de esta modificación, la sanción se redujo del 160% al 100% de la diferencia entre el saldo a pagar o saldo a favor determinado en las liquidaciones oficiales y la declaración presentada por el contribuyente.
Consejo de Estado. Sentencia 26769
Mediante el Acuerdo No. 897 de 2023, el Concejo de Bogotá modifica los acuerdos 105 de 2003 y 780 de 2020, en relación con el Impuesto Predial Unificado. Estas modificaciones abarcan diversos aspectos, como la tarifa del impuesto predial unificado para los predios de propiedad de los clubes sociales, campestres, deportivos o recreativos. Por otro lado, dicho acuerdo establece las exenciones, para los predios donde se realican espectáculos de las artes escénicas y museos.
Concejo de Bogotá, Acuerdo No. 897 de 2023.
El Consejo Técnico de la Contaduría Pública (CTCP), ha emitido concepto sobre el límite de revisorías fiscales. El artículo 215 del Código de Comercio, establece un límite de cinco sociedades por acciones por revisor fiscal. No obstante, el CTCP, dispone que la legislación mercantil no cobija en forma directa a organizaciones como las personas jurídicas sin ánimo de lucro, por lo que el límite debe considerarse de acuerdo con la capacidad y responsabilidad en su ejercicio.
Las personas naturales no residentes y las entidades no domiciliadas con presencia económica significativa en Colombia que opten por declarar y pagar el impuesto sobre la […]
Leer másEl giro o pago anticipado por concepto de importación o exportación constituye una operación de obligatoria canalización, lo cual implica el deber de reportar la información […]
Leer másEl pasado 23 de abril del presente año, mediante el Decreto 467 de 2025, el señor Presidente de la República declaró el levantamiento del Estado de […]
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