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El Banco de la República expidió la Circular Reglamentaria DCIP-83 del 27 de agosto de 2021. Por consiguiente, la DCIP–83 está vigente desde el 01 de septiembre de 2021 y, deroga y sustituye en su integralidad la DCIN-83.
Los principales cambios de la nueva DCIP-83 son:
Circular Reglamentaria DCIP–83
Según la DIAN, las notas debito o crédito no son alternativas contempladas en la norma para aumentar o disminuir el valor de un bien o servicio cuya adquisición se respalda en documento soporte. Por lo tanto, cuando la realidad económica lo requiera y hasta tanto no exista regulación sobre este asunto; el contribuyente probar el ajuste, rescisión, anulación o resolución de la operación con los documentos a los que haya lugar.
El Gobierno Nacional prorrogó la emergencia sanitaria hasta el 30 de noviembre de 2021 en todo el territorio nacional. Ello, con el fin de adoptar medidas que permitan seguir avanzando con el proceso de reactivación de los sectores económico, social y del Estado de manera segura, manteniendo y reforzando las relacionadas con el autocuidado, bioseguridad, entre otros.
Inicialmente, la DIAN consideraba que todo retiro de inventarios para autoconsumo debía facturarse electrónicamente (Concepto Unificado No. 0106 de 2022), sin embargo, ha cambiado su posición. […]
Leer másPara el Consejo de Estado existen dos tipos de errores al momento de presentar la información en medios magnéticos, tales son: errores de contenido y errores […]
Leer más¡Cumple con las obligaciones en materia de protección de datos personales! De acuerdo con la Circular Única de la Superintendencia de Industria y Comercio: Todas las […]
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